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Para declarar un edificio como Patrimonio Cultural de Baja California…


El patrimonio cultural inmueble de Baja California debe recorrer los numerosos pasos de un complejo procedimiento para llegar a ser declarado oficialmente como Patrimonio Cultural del Estado. Es por ello que las instituciones competentes como el Instituto de Cultura de Baja California (ICBC) y el Consejo del Patrimonio Cultural de Baja California constantemente procuran instrumentos de apoyo para salvaguardar al patrimonio que pueda estar en riesgo de daño o desaparición. Los inventarios de bienes susceptibles de incorporarse al patrimonio cultural del estado, publicados en el Periódico Oficial del Estado, son pieza clave para dar a conocer a la población y proteger esos bienes tangibles e intangibles y constituyen un recurso legal valioso para la preservación de los bienes en tanto se concluyan sus procesos de declaratoria. Es importante recordar que el procedimiento para declarar un bien inmueble como patrimonio cultural del estado comprende una serie de requisitos específicos que deben cumplir con la regulación establecida por la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural del Estado de Baja California. Dada la trascendencia del procedimiento, es importante hacer notar que una declaratoria no puede darse de manera inmediata, sino que debe ser producto de una serie de etapas concretas que incluye:

* Elaborar un expediente técnico sobre el bien en cuestión (incluyendo localización, antecedentes históricos, documentación arquitectónica, legal y de la propiedad, etc.). Dicho expediente lo puede presentar un ciudadano o bien una institución pública (como puede ser el Instituto de Cultura de Baja California). En su momento, el Consejo del Patrimonio Cultural de Baja California revisa, valida y autoriza el inicio del trámite de declaratoria.

* El director del ICBC elabora el “Acuerdo de inicio de la promoción de incorporación al patrimonio cultural del estado de Baja California” del bien en cuestión. Se notifica al propietario del bien susceptible de declaratoria acerca del trámite recién iniciado para que responda lo que a su derecho convenga en el periodo que la Ley establece.

* El Depto. de Patrimonio Cultural del ICBC elabora el Dictamen Técnico que comprenderá los aspectos más relevantes del proceso de declaratoria y las bases legales en que estará sustentado. Se deben realizar trámites ante la dirección de administración urbana (solicitud de memorias descriptivas y subdivisión del predio cuando existan elementos “no históricos” dentro del total del terreno) y ante el registro público de la propiedad (donde se inscribe lo que entregue la Dirección de Administración Urbana).

* El dictamen técnico es remitido a los miembros del Consejo del Patrimonio Cultural de Baja California quienes lo revisan y firman para darle validez. Finalmente, la unidad de asuntos jurídicos del ICBC prepara el anteproyecto de Declaratoria, que deberá ser validado por la unidad jurídica de la Secretaría de Educación y de la Secretaría General de Gobierno del Estado.

* El Decreto será emitido por el ejecutivo del estado (incluyendo las firmas, tanto del Gobernador como de los secretarios General y de Educación) y será publicado en el Periódico Oficial del Estado, lo que formalizará la declaratoria en el marco de la Ley de Preservación del Patrimonio Cultural del Estado de Baja California.


Lo anterior es un muy breve resumen de los pasos para declarar un edificio como patrimonio cultural, dando a entender que es necesaria la participación de diversas personas e instancias para dar buen fin a los procesos de declaratoria. En nuestro estado existen archivos activos que en la actualidad están en diferentes etapas del proceso, y casos como la Escuela Álvaro Obregón de Tijuana y El Centro Riviera de Ensenada pronto cristalizarán esos esfuerzos por declararlos como Patrimonio Cultural del Estado y estar en la misma categoría que nuestra Casa de la Cultura de Mexicali.

Elaborado por: Juan Antonio Pitones, Depto. Patrimonio Cultural del ICBC.

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